COMITÉ ÉTICO CIENTÍFICO

Investigaciones que mejoran la calidad de vida y la salud

Rigor Ético

Cumplimiento legal

Respeto integral

Comité Ético Científico CEC

El propósito del CEC-USP es que toda investigación sometida a revisión respete el marco ético y legal asegurando la correcta aplicación de los principios y regulaciones internacionales y nacionales en materia de investigación vigentes.

El CEC-USP, velará porque la investigación biomédica se realice en estricto apego al respeto a la dignidad de la persona, los derechos humanos, las libertades fundamentales y la legislación vigente en Costa Rica con respecto a investigación. Además, deberá contemplar la necesidad de respetar otras formas de vida, como las de los animales empleados en experimentación, y la protección del ambiente.

Investigación Universitaria

Propósito

El Comité Ético Científico CEC-USP se compromete a respetar los principios universales que sirven de fundamento para dar respuesta a los dilemas éticos que plantea a la humanidad, la investigación científica y tecnológica. El CEC-USP analiza las investigaciones sometidas a revisión, da su criterio respectivo (aprobación o rechazo).

Aquellas que son aprobadas, se supervisan durante toda su conducción. Sus integrantes deberán actuar con absoluta independencia de criterio, evitando en sus decisiones la influencia de intereses religiosos, políticos y comerciales.

Historia

Con la promulgación de la Ley Reguladora de la Investigación Biomédica en el año 2014, la Universidad Santa Paula decide constituir el CEC-USP, como un órgano con independencia total de criterio y funcionamiento y soporte administrativo y económico de la Universidad de conformidad con el Título II, Organización, Gobierno y Administración, Capítulo I, Entes u Órganos, artículo 7º del Estatuto Orgánico de la Universidad Santa Paula.

El CEC-USP Funcionará como un órgano independiente, multidisciplinario, de carácter ético, técnico y científico, adjunto adscrito a la Rectoría de la Universidad Santa Paula, con independencia de criterio, capacitado en bioética de la investigación, con un grado de desconcentración máxima, con personalidad jurídica instrumental y debidamente acreditado por el CONIS.

Normativas y regulaciones

Leyes o normativas que rigen la ética en la investigación. El CEC-USP cuenta con las siguientes normativas

Normativas y regulaciones

Leyes o normativas que rigen la ética en la investigación. El CEC-USP cuenta con las siguientes normativas

Estructura y miembros

MIEMBROS ICONO

Marlene Roselló Araya

Licda. Nutrición. Magister Scientiae en Epidemiología.

Miembro con conocimiento en investigación biomédica.

Presidente

MIEMBROS ICONO

Emmanuel Jiménez Castro

Lic. Terapia Respiratoria. Máster Salud Integral y Movimiento Humano.

Miembro con conocimiento en investigación biomédica.

Vicepresidente

MIEMBROS ICONO

Carlos Acuña Aguilar

Lic. Medicina y Cirugía. Maestría en Cuidados Paliativos

Miembro con conocimiento en bioética.

Secretario

MIEMBROS ICONO

Leonardo Orozco Saborío

Lic. Medicina y Cirugía. Ginecoobstetra. Máster en Monitorización de Ensayos Clínicos.

Miembro científico

Vocal I

MIEMBROS ICONO

Susana Alfaro Lazo

Licda. Terapia de Lenguaje.

Profesional en salud.

Vocal 2

MIEMBROS ICONO

Alejandro Leal Esquivel

Biólogo. Magister Scientiae Biología. Master Bioética. PhD Genética Humana.

Miembro de la comunidad

MIEMBROS ICONO

Jenny Lara Araya

Licda. Microbiología. Magister Scientiae en Epidemiología.

Miembro de la comunidad/suplente

MIEMBROS ICONO

Adriana Benavides Lara

Licda. Medicina y Cirugía. Pediatra.

Magister Scientiae en Epidemiología.

Personal de apoyo técnico Secretaría técnica

MIEMBROS ICONO

Ana Isabel Lara Araya

Bach. Informática.

Personal de apoyo técnico

Asistente administrativa-secretaria administrativa

Procedimientos y servicios

Todo proyecto de investigación propuesto para evaluación ante el Comité Ético Científico CEC-USP deberá ser sometido por el investigador principal, quien deberá presentar los siguientes requisitos:

  1. Carta de presentación de la propuesta de investigación.
  2. Hoja de vida de investigadores y de los sub-investigadores (FO-01-CEC-USP, Anexo 1)
  3. Certificado del CONIS de investigador principal, tutores y subinvestigadores
  4. Formulario de Solicitud de revisión del protocolo (FO-02-CEC-USP, Anexo 2) y cartas de compromiso de cumplimiento de regulación (FO-015, Anexo 22) y Declaración de conflicto de interés (FO-016, Anexos 23)
  5. Formulario de resumen del protocolo (FO-03-CEC-USP, Anexo 3)
  6. Protocolo de investigación y su versión electrónica en idioma español (FO-04-CEC-USP, Anexo 4).
  7. Consentimiento informado (si aplica) o justificación de exención de este.

Estos requisitos se verificarán con base en todos los requisitos estipulados en el formulario “FO-05-CEC-USP. Guía de documentos para evaluación de proyectos de investigación” (Anexo 5), el cual deberá ser adjuntado a manera de lista de chequeo. 

Los investigadores deben entregar un original y una versión electrónica en PDF con firma digital o bien escaneados (copia fiel del original firmado por los investigadores) de todos los documentos estipulados en la guía mencionada para que su proyecto sea recibido por la Secretaría del CEC-USP, con al menos 7 día hábiles antes de la siguiente sesión ordinaria del comité.

La Secretaría Administrativa entregará la copia de recibido y deberá sellar como recibido todos los documentos adjuntos en la primera y última hoja de cada documento y en cada hoja de este en donde esté plasmada la firma del investigador (es).  Una vez recibidos los documentos la Secretaría foliará los mismos y los ordenará para ser presentados en la siguiente sesión ordinaria del CEC-USP.

Criterios de evaluación:

Todo protocolo remitido al CEC debe ser evaluado por tres revisores, idealmente miembros del CEC, al menos debe haber dos revisores con experiencia en el tema de investigación y/o la metodología de investigación.  Si el CEC lo considera necesario, podrá solicitar la evaluación a revisores externos al CEC previa firma del Acta de confidencialidad de revisores externos y asesores (Anexo 6).

Plazos y tiempos de respuesta

Los revisores tienen un plazo de diez días hábiles para remitir al CEC por escrito las observaciones al protocolo. Podrán remitirlas al correo electrónico del presidente y secretario del CEC, o en su defecto a quien el presidente designe.

Costos (Si aplica):

 Tarifas para la evaluación de protocolos, en caso de que haya costos asociados, o bien si esta información no se puede comunicar lo omitimos.

Todos los investigadores o patrocinadores deberán cancelar los aranceles correspondientes a la evaluación de los proyectos de investigación, estipulados en el documento “Aranceles de Investigación y Otros Servicios del CEC-USP”. 

Bases de datos de protocolos de investigación 2019-2025 Comité Ético Cientifico. Universidad Santa Paula